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Día mundial de la justicia internacional

El 17 de julio, se celebra el Día mundial de la justicia internacional para conmemorar el aniversario de la adopción del Estatuto de Roma – el tratado fundacional de la Corte Penal Internacional (CPI), registró AIM.

Foto ilustrativa.
Foto ilustrativa.

El Día Mundial de la Justicia Internacional es un recordatorio de la necesidad que comparten todos los Estados comprometidos con la justicia de asegurar un continuo apoyo al sistema de justicia internacional del Estatuto de Roma, según expresa la Coalición por la Corte Penal Internacional (Ccpi). Al igual que en los últimos años, la Coalición celebra este día en solidaridad con las víctimas de crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra a través de numerosos eventos en todo el mundo.

Tras la firma del Estatuto de Roma, tratado fundacional de la Corte Penal Internacional, el 17 de julio quedó marcado como el día mundial de la Justicia Internacional. La fecha sirve como recordatorio de la necesidad de que los Estados se comprometan en la lucha contra la impunidad y en la persecución de todos los responsables de crímenes de lesa humanidad, sea cual sea su origen.

En un principio, 120 países miembros de la Organización de las Naciones Unidas firmaron el Estatuto de Roma que puso las bases para el nacimiento, cuatro años después, de la Corte Penal Internacional. Con sede en la ciudad holandesa de La Haya, la Corte es el órgano responsable de velar por la aplicación del Estatuto. En la actualidad, el número de países firmantes del tratado ha aumentado a 139 y 116 países lo han ratificado. Sin embargo, entre los países que aún no se han acogido al mandato de la CPI figuran grandes potencias como los Estados Unidos y China, por citar dos ejemplos, lo que hace que surjan interrogantes sobre el verdadero poder de la Corte para lograr que se haga justicia.

Los defensores de derechos humanos consideran imprescindible que se consolide el tribunal para que se puedan juzgar crímenes de guerra y de lesa humanidad en cualquier parte del mundo. Para ello es necesario que los países ratifiquen el estatuto de Roma y en ello trabaja activamente la Coalición por la Corte Penal Internacional, que agrupa a más de 2.000 organizaciones no gubernamentales.

Compromiso latinoamericano

En el caso de América Latina, los gobiernos han demostrado un fuerte compromiso con la Corte. Las organizaciones de la sociedad civil, académicos, funcionarios de gobiernos y parlamentarios se han unido para hacer de Latinoamérica una de las regiones que más apoya a la Corte.

El Día Internacional de la Justicia Penal conmemora el punto de partida de la comunidad internacional con el objetivo de alcanzar una justicia global y la oportunidad de aquellos que apoyan la justicia en todo el mundo, y que quieren hacer oír su voz.

¿Qué es la Corte Internacional de Justicia de La Haya?

La Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de la Organización de las Naciones Unidas. Tiene su sede en el Palacio de la Paz en la Haya (Países Bajos) y está encargada de decidir las controversias jurídicas entre Estados. También emite opiniones consultivas sobre cuestiones que pueden someterle órganos o instituciones especializadas de la ONU.

La Corte Internacional de Justicia fue creada en 1945 por la Carta de las Naciones Unidas y comenzó a funcionar en 1946.

Sus quince magistrados, elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, cumplen mandatos de nueve años.

Las elecciones se celebran en Nueva York (Estados Unidos) cada otoño con ocasión de las sesiones anuales de la Asamblea General. Los magistrados que se eligen en cada elección trienal comienzan su mandato el 6 de febrero del año posterior a su nombramiento. A continuación la Corte procede a elegir, en votación secreta, a un Presidente y un Vicepresidente cuyos mandatos tendrán una duración de tres años.

Los idiomas oficiales son el inglés y el francés.

De los seis órganos principales de las Naciones Unidas (Asamblea General, Consejo de Seguridad, Consejo Económico y Social, Consejo de Administración Fiduciaria y Corte Internacional de Justicia) es el único que no se sitúa en Nueva York (Estados Unidos).

Su Estatuto forma parte integral de la Carta de las Naciones Unidas.

Organización

La Corte está compuesta de cuatro órganos, dos oficinas semiautónomas y el Fondo para las Víctimas (The Trust Fund for Victims - TFV). Los órganos son: Presidencia, Divisiones Judiciales, Oficina del Fiscal y Registro.

Asamblea de los Estados Partes

La Asamblea de los Estados Partes es el órgano legislativo de la Corte Penal Internacional y está encargada de supervisar su gestión. Está compuesto por representantes de los Estados que han ratificado y adherido al Estatuto de Roma. Por principio de independencia de la Corte, y para garantizar su imparcialidad política, la Asamblea de los Estados Partes no es un órgano de la CPI. La ASP funciona, a cambio, como el brazo legislativo de la Corte que igualmente garantiza su financiamiento. Según la Corte Penal Internacional, en su página web, actualizada hasta 2015, 123 países han firmado el Estatuto De Roma de la Corte Penal Internacional, quedando dividido por zonas geográficas, así: países africanos, países asiáticos, Europa del Este, Latinoamérica y el Caribe y Europa del Oeste y otros países. Una de las ideas que dirigió aquella Asamblea de los Estados Partes fue convertir a la Corte en un organismo realmente internacional. Pese a las críticas que suscitaron en su momento las reglas de ratificación que no permiten reservas, se estableció un alto número de cuórum para que ésta entrara en funciones (60 ratificaciones). Las ratificaciones fueron logradas en cuatro años, entrando en vigor el Estatuto el 1 de julio de 2002.

Funcionamiento

La Corte funciona como un organismo autónomo de cualquier otro poder o estado. Sin embargo, esto no obsta a que, en el cumplimiento de su deber, cuente con la colaboración de los poderes.

Crímenes

Los crímenes que puede conocer la Corte se encuentran limitados a los señalados en el artículo 5 del Estatuto de Roma, que son:

El genocidio (art. 6).

Los crímenes de lesa humanidad (art. 7).

Los crímenes de guerra (art. 8).

El Crimen de agresión (art. 8 bis, según Resolución 6 del 11/06/2010 de la Asamblea de Estados Parte del Estatuto de Roma).

Principios aplicables

El funcionamiento de la Corte se rige por una serie de normas y principios que lo transforman en un tribunal especial, sólo para conocer casos realmente particulares. Los principios aplicables son:

Complementariedad: la Corte funciona solo cuando un país no juzga o no puede juzgar los hechos de competencia del tribunal.

Nullum crime sine lege: el crimen debe estar definido al momento de la comisión y que sea competencia de la Corte.

Nulla poena sine lege: un condenado por la Corte sólo puede ser penado como ordena el Estatuto.

Irretroactividad ratione personae: nadie puede ser perseguido por la Corte por hechos o delitos cometidos con anterioridad a su entrada en vigencia.

Responsabilidad penal individual: no serán objeto de la pretensión punitiva las personas jurídicas, salvo como hecho agravante por asociación ilícita.

La Corte no es competente para juzgar a quienes eran menores de 18 años en el momento de comisión del presunto crimen.

Improcedencia de cargo oficial: todos son iguales ante la Corte, aunque el acusado sea, por ejemplo, jefe de Estado.

Responsabilidad por el cargo.

Imprescriptibilidad.

Responsabilidad por cumplimiento de cargo: no es eximente de responsabilidad penal.

Investigación y enjuiciamiento

La investigación de los hechos que fueran constitutivos de delitos se puede iniciar por tres formas (art. 13):

Por remisión de un Estado Parte a la Corte de una situación particular;

Por solicitud del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (donde se aplica el veto invertido)

De oficio por el Fiscal de la Corte.

Una vez que el Fiscal maneje estos antecedentes, puede o archivarlos o presentar una acusación que es revisada por la Cámara de Asuntos Preliminares, que revisa los antecedentes hechos valer por el Fiscal. Si es procedente se acoge la acusación que pasa a ser conocida por la Cámara de Primera Instancia, donde se realiza el juicio. Una vez absuelto o condenado, tanto el Fiscal como el condenado en su caso, pueden apelar o casar ante la Cámara de Apelaciones.

Penas y cumplimiento

Las penas que puede establecer la sentencia puede ser de prisión por un plazo no mayor de 30 años, o (por la gravedad de los crímenes) cadena perpetua, además de una multa y el decomiso de las especies que sean de propiedad del condenado (art. 77).

La pena se puede llevar a cabo en el país sede de la Corte (Holanda) o en otro de acuerdo con los convenios que se puedan establecer entre la Corte y otros países.

 

 

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