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Política
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El nuevo Código Penal y las sanciones por delitos contra el medio ambiente

Por Fundación Barbechando, especial para AIM. El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, junto a los miembros de la comisión redactora del anteproyecto, expuso los principales ejes de la reforma del Código Penal en el Congreso. No hubo referencias al capítulo ambiental que prevé multas de hasta 25 años de prisión por delitos contra el medioambiente, entre los que se encuentran la contaminación y los agroquímicos. De todos modos, la iniciativa tiene pocas chances de ser tratado este año.

El nuevo Código Penal y las sanciones por delitos contra el medio ambiente
El nuevo Código Penal y las sanciones por delitos contra el medio ambiente

Germán Garavano, titular de la cartera judicial, aseguró que “la sociedad ha cambiado y a través del tiempo al Código actual se le fueron incorporando leyes penales especiales, de esta manera perdió su coherencia interna, y la proporcionalidad, se apartó del criterio de codificación unificada en materia penal, circunstancia que en muchas oportunidades condujo a la incertidumbre respecto de qué está permitido o prohibido en nuestro país”.

El ministro señaló que el proyecto incluye un libro sobre delitos de lesa humanidad, fomenta la intervención de la víctima, moderniza y actualiza la Justicia ante las modalidades delictivas y la complejidad de las organizaciones criminales internacionales, consolida el agravante de la violencia de género, avanza sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, regula el ambiente y el ciberdelito.

Los delitos

Contaminación

Se sancionan los delitos de contaminación y otros daños graves al ambiente con pena de hasta cinco años de prisión, multa (medida en días multa) e inhabilitación, tomando como parámetro la legislación nacional y provincial en la materia, cuando se realicen vertidos o extracciones en la atmósfera, el suelo, el subsuelo o las aguas que cause graves daños al aire, al suelo, a las aguas, o a la flora o fauna.

Agroquímicos

Se establecen agravantes, con pena de hasta 10 años de prisión cuando el hecho se cometiere mediante la utilización de residuos peligrosos, sustancias tóxicas o prohibidas, o cuando se provocare un peligro para la salud humana, y agravantes con pena de hasta 15 años de prisión cuando se tornare no apta para la ocupación humana un área urbana o rural, impidiere el uso público de ríos, lagos o lagunas, cause daños directos graves para la población, o la contaminación se efectuare sobre un área natural protegida.

Se establece pena de hasta 25 años de prisión si como consecuencia de estas acciones resulta la muerte de alguna persona.

También se tipifica la contaminación ambiental imprudente, con pena de hasta 10 años de prisión.

Biodiversidad

Además, se incorporan los delitos contra la biodiversidad. Se prevé pena de hasta tres años de prisión y multa (medida en días multa) para quien ilegalmente introduzca en ambiente o libere en el medio un ejemplar de flora o fauna exótica invasora y, se aumenta el máximo de la pena a cuatro años de prisión si resulta daño grave para un ecosistema o si se afecta el ciclo natural de reproducción o migración de una especie nativa o migratoria.

En el mismo sentido, se prevé pena de hasta seis años de prisión y multa para quien propagare en el ambiente organismos genéticamente modificados idóneos para provocar daños en el ambiente o en la salud humana.

A su vez, se prevé el delito de incendio forestal si resultare un grave daño a elementos naturales o el ambiente en general y para quien modificare humedales, infringiendo las leyes nacionales o provinciales, con peligro para el ambiente.

Se incorporan los delitos contra la fauna silvestre u otros animales, con pena alternativa de hasta tres años de prisión o multa (medida en días multa) y se tipifica la conducta de quien cace o pesque animales de la fauna silvestre en período de veda, o de especies protegidas o en peligro de extinción o migratorias o en lugares prohibidos o protegidos, o utilizando medios prohibidos.

A su vez, se prevén los delitos de maltrato y crueldad contra los animales, con pena alternativa de hasta cuatro años de prisión o multa (medida en días multa).

Bosques nativos

Por otra parte, se incorporan los delitos contra los bosques nativos y protectores con pena de hasta tres años de prisión y multa (medida en días multa) para quien ilegalmente desmonte bosques nativos o protectores, extraiga o tale árboles o ejemplares de flora de una especie protegida o en peligro de extinción, y se aumenta el máximo de la pena a cinco años de prisión cuando los hechos se cometan en el periodo de semillación, de regeneración natural, en época de sequía o inundación, contra especies protegidas de la flora silvestre o con métodos prohibidos idóneos para perjudicar una especie o en un área protegida.

Recursos genéticos

También se prevé el delito de sustracción o comercialización maliciosa de recursos genéticos.

 

Código Penal medio ambiente

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