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Entró en vigencia la Ley que flexibiliza la actividad del gestor en Entre Ríos

El Ejecutivo promulgó y publicó en el Boletín Oficial el texto que reforma el estatuto del Colegio de Mandatarios y Gestores de Entre Ríos (Cmygper), confirmó AIM. Ahora, los empresarios del sector no deberán acreditar la matrícula expedida por la Dirección Nacional de la Propiedad del Automotor.

Foto: ilustración.
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En el Boletín Oficial  26.406 - 084/18 el Gobierno dio el último paso para reducir las exigencias para estar matriculado en la provincia.

Precisamente, la Ley 10576 modifica los artículos octavo, por lo que se derogó el inciso segundo que requería “presentar la matrícula expedida por la Dirección Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios en el caso de los mandatarios de automotores”.

Ahora, solamente, “el mandatario o gestor que solicite su inscripción deberá haber aprobado el curso o carrera que otorgue el certificado que lo habilite y constituir domicilio en la provincia y abonar el derecho de matrícula”.

El mandatario registral de automotores y créditos prendarios, o también conocido en el medio popular como gestor de automotores, se especializa en la inscripción de los automotores en todas las reparticiones públicas y privadas, generando y controlando la documentación obligatoria pero, sobre todo, asesorando a su mandante. Sin embargo, cabe recordar que si el sistema para registrar cualquier tipo de automotor fuese más rápido, eficiente y claro, ningún ciudadano necesitaría acudir a un mandatario porque los trámites le resultarían sencillos.

Cabe recordar que el Cmygper está integrado por los mandatarios y gestores que se encuentren asociados a la Cámara Entrerriana de Mandatarios y Gestores y por todos aquellos Mandatarios y Gestores que posean matrícula otorgada por la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, domiciliados en la Provincia de Entre Ríos.

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