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Política
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Reflexiones críticas sobre decretar la seguridad

Angelina Uizín Olleros, filósofa, ensayista y docente universitaria.
Angelina Uizín Olleros, filósofa, ensayista y docente universitaria.

La filósofa, ensayista y docente universitaria Angelina Uzín Olleros, analiza la decisión del Gobierno nacional de Mauricio Macri de otorgar la potestad a las Fuerzas Armadas de intervenir directa e indirectamente en la seguridad interior. En ese marco insta a respetar la división de poderes para limitar abusos, ya que considera  que el “límite se ha desdibujado abriendo una posibilidad peligrosa para el devenir de la democracia en nuestro país”. 

El presidente Mauricio Macri anunció el lunes próximo pasado en una conferencia de prensa en el que fuera Centro Clandestino de Detención y Tortura “Campo de Mayo” durante la última dictadura cívico militar, una Reforma al Sistema de Defensa Nacional de las Fuerzas Armadas, esta decisión del Poder Ejecutivo se vio plasmada en el Decreto N° 683/2018 que ha sido publicado en el Boletín Oficial el pasado 24 de julio.

El debate se abre en torno a diferentes aspectos técnicos en orden a la Legislación vigente sobre la temática, acerca de conceptos y categorías que van desde la seguridad interna a las funciones propias de las diferentes fuerzas de seguridad, abarcando también los reclamos de organismos de derechos humanos y actores políticos de diversas expresiones.

Este jueves en Plaza de Mayo se realizó una marcha como medida de protesta por la vuelta de los militares a la calle o en tareas de seguridad interior, algo que tenían prohibido por Ley hasta el momento; la convocatoria fue realizada a través de las redes sociales por un grupo denominado “No a la reconciliación con los militares”.

El marco legal en Argentina ha sido modificado desde el advenimiento de la democracia revisando el accionar de las FFAA en los años de la dictadura, realizando Juicios a las Juntas Militares y definiendo en tiempos de democracia sus funciones y sus límites. Por su parte, la Constitución Nacional en el art. 75, inc. 27° define como atribuciones del Congreso: “Fijar las fuerzas armadas en tiempo de paz y guerra, y dictar las normas para su organización y gobierno”.

La decisión del Poder Ejecutivo de dar facultades a las FFAA en la seguridad interior se opone a los avances logrados luego de 1983 por diferentes fuerzas políticas, a saber: la Ley de Defensa Nacional sancionada en el año 1988 por el gobierno de Raúl Alfonsín y la  Ley de Seguridad Interior de 1991, sancionada durante el gobierno de Carlos Menem. Estas leyes comparten una clara visión del respeto irrestricto de los derechos humanos y del sistema democrático.

El Dr. Eduardo Barcesat como especialista en derecho constitucional advierte que : (…) es una potestad propia del Poder Legislativo el dictar las normas, y como se trata de normas que se debaten y aprueban por ambas Cámaras del Congreso de la Nación, esas normas son leyes, no decretos. El presidente de la Nación tiene una facultad reglamentaria, que es la del art. 99, inc. 2° de la C.N., donde claramente se previene... cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias (…)”

Se presentan, al mismo tiempo, una serie de hipótesis acerca de habilitar a las FFAA a reprimir la protesta social, enmascarando este propósito con el argumento de la lucha contra el narcotráfico. Es evidente que la visión de los derechos humanos en el actual gobierno se distancia enormemente de la que ha prevalecido en los años anteriores.

 

Manuel Trufó integrante del Centro de Estudios Legales y Sociales explicó que “(…) uno de los mayores logros de la democracia argentina es la separación entre defensa y seguridad” (…) lo que más preocupa al Cels es que se volvió a insistir en que las FFAA colaboren en temas de seguridad interior, cosa que está prohibida. (…) Es una decisión muy grave porque consideramos que (…) esta prohibición es una de las razones por las cuales los militares han podido ser subordinados a la autoridad política”.

 

Por lo expuesto adhiero al reclamo que debe ser debatido en el Congreso de la Nación el marco legal existente, el que se tiene y el que se debería tener con relación a problemas de seguridad ciudadana. Abordar el problema de las violencias en todas sus formas, el de la defensa de la libre expresión de la protesta en los espacios públicos, definir qué se entiende por “represión”, “castigo”, “prevención” y cuáles son las funciones específicas de cada una de las fuerzas de seguridad.

En un Estado de Derecho deben incorporarse los temas de seguridad ciudadana como específicos de las políticas sociales, referidas a lo público y también al ejercicio de la ciudadanía. Las denominadas “micropolíticas” de temor y endurecimiento (vulgarmente identificadas con el pedido de “mano dura”) son funcionales al retroceso de derechos y garantías, en los que va ganando espacio la vigilancia, el castigo y el encierro propios de un Estado Gendarme que restringe las libertades, siembra el miedo y ejerce una violencia más brutal de la que quiere evitar siendo el agente represor.

 

La falsa conciencia de los que instalan en los medios de manera irreflexiva e irresponsable los latiguillos sobre “populismo”, “garantismo” y confunden los derechos humanos con un sector de la sociedad y un período de la historia, nos alejan como ciudadanos del debate profundo y necesario acerca de la convivencia en democracia como sujetos libres y políticamente habilitados para formar parte de las decisiones.

La división de poderes es necesaria para limitarse mutuamente en lo ejecutivo, legislativo y judicial, evitando un abuso de poder, para que no resulte arbitraria la decisión de decretar seguridad en manos de las FFAA; este límite se ha desdibujado abriendo una posibilidad peligrosa para el devenir de la democracia en nuestro país. El progreso de los pueblos es moral, es político, es económico… que lo institucional no resulte una amenaza cuando el poder ejecutivo toma decisiones unilateralmente bajo un discurso empobrecido y mediocre acerca de problemas tan relevantes y caros a nuestra historia reciente.

Para aquellos que “ningunean” el pasado me tomo la atribución de cambiar la letra del tango para decir: “… que 40 años no es nada…”, la mirada febril errante en las sombras del olvido no puede ser más fuerte que las urgencias del presente.

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