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Suben a 10.000 pesos el monto a partir del cual los consumidores deberán dar sus datos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) elevó de 5.000 pesos a 10.000 pesos el monto por el cual los comerciantes están obligados a consignar los datos del comprador en sus comprobantes, mientras que además estableció que desde 2020 este monto tendrá dos actualizaciones por año.

Los comerciantes deberán consignar en sus comprobantes apellido y nombre del comprador, un domicilio, N.° de DNI y de Cuit o Cuil. El nuevo valor regirá desde el 2 de mayo de 2019.

Respecto a las actualizaciones anuales, los importes en operaciones con consumidores finales se actualizarán en enero y julio de cada año, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Estas actualizaciones, que regirán desde enero de 2020, serán informadas semestralmente en la web del organismo.

Por otra parte, cabe destacar que en operaciones que no se realicen a través de medios electrónicos de pago, la obligación se mantiene en 5.000 pesos.

Además, no regirán estos importes cuando se trate de ventas realizadas por responsables inscriptos cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista.

Estas modificaciones a la Resolución General N° 1.415, fueron publicadas hoy en el Boletín Oficial.

afip

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