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Tobillera electrónica para el sátiro de calle Nux

El juez de garantías Mauricio Mayer dictó prisión preventiva domiciliaria para el joven de 25 años Walter Estéban Goró acusado de abuso sexual agravado. La tentativa de este delito tuvo gran repercusión porque el hecho fue captado por cámaras de seguridad que registraron los acontecimientos ocurridos el 2 de diciembre pasado en calle Nux.[{adj:32858 alignright}]En un parte oficial de la Justicia entrerriana, se dio a conocer que este martes 8 de enero se realizó la audiencia que culminó con la prisión preventiva domiciliaria de Goró, en la causa que se lleva por el intento de abuso sexual agravado perpetrado sobre una mujere que ingresaba a su domicilio de departamentos en la zona del parque Urquiza de Paraná.

En Tribunales, la fiscal Ileana Viviani relató que conjuntamente con la defensa del imputado –a cargo de Jorge Balbuena y Jorge Sueldo–, habían arribado a un acuerdo por el que solicitaban como medida cautelar la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario con tobillera electrónica por el plazo de 60 días.

Al momento de expresar las razones, Viviani relató “el estado de temor por el que atraviesa la víctima del hecho, del cual hizo una narración histórica del mismo, dando detalles de como que el agresor la atacó de espaldas a la víctima, en el pasillo del edificio cuando esta se disponía a entrar  y que le exigía que se sacara el pantalón, provocando la resistencia de la víctima que comenzó a gritar pidiendo auxilio lo que determinó que el sujeto saliera corriendo”, en momentos que otras vecinas se acercaban al lugar.

Venganza

Por su parte, la defensa del imputado manifestó que llegaron al acuerdo porque compartían los argumentos brindados por la fiscalía, pero además manifestaron que la familia de su defendido se encuentra atemorizada, “dado que por la trascendencia pública del hecho tienen temor a que tomaran acciones drásticas en venganza contra cualquier integrante del grupo familiar”.

La defensa del joven sostuvo que consentía la medida en consideración a lo manifestado por la familia del mismo, quienes claramente habrían manifestado que una medida restrictiva de la libertad más leve, estimularía que se ejecutasen contra ellos cualquier tipo de acción dañosa, señaló el parte de prensa oficial.

Al momento de emitir la resolución, entre otras consideraciones Mayer señaló sobre las expectativas que la ciudadanía tiene para que la ley se cumpla frente a la cual “se monta un discurso de la seguridad, más interesado en provocar efectos mediáticos generadores de climas de indignación y enfrentamientos sociales que en contribuir a la paz social”, sostuvo.

El magistrado planteó que contra esas tendencias, corresponde “una concepción del derecho penal que no resulte una mera herramienta de control social y que sea respetuoso del principio de inocencia que asiste a cada persona que debe transitar un juicio penal hasta tanto su culpabilidad sea sancionada por una sentencia”.

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