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Agroindustria sigue preocupado por el nuevo Código Penal

El Consejo Profesional de Ingeniería Agronómica (Cpia), en conjunto con la Fundación Expoterra, organizó ayer el "Taller Proyecto de Reforma de Código Penal: Delitos contra el Ambiente".

De prosperar la reforma del código penal, la utilización de OGM no autorizados, la contaminación ambiental imprudente y el maltrato animal podrían sancionarse con prisión.
De prosperar la reforma del código penal, la utilización de OGM no autorizados, la contaminación ambiental imprudente y el maltrato animal podrían sancionarse con prisión.

El encuentro fue para presentar en el marco del proyecto de reforma del Código Penal los contenidos del Capítulo Ambiental y sus implicancias en el sector agropecuario y agroindustrial, según informó el Cpia.

"Los productores y los ingenieros agrónomos debemos cuidar los recursos naturales y lograr sistemas sustentables", indicó Fernando Vilella, presidente del Cpia.

Según se informó en marzo pasado, cuando se presentó la iniciativa, la reforma del Código Penal prevé la incorporación de delitos de contaminación y otros daños al ambiente, penados con multa e inhabilitación cuando la contaminación torne no apta para la ocupación humana un área urbana o rural; impida el uso público de ríos; provoque el desplazamiento de los habitantes de las áreas afectadas; cause daños directos graves para la salud de la población; o se efectúe sobre un área natural protegida. La modificación considera al ambiente como un bien jurídico protegido.

Además, se establece pena de prisión si como consecuencia de estas acciones resulta la muerte de alguna persona y también se tipifica la contaminación ambiental imprudente.

Asimismo, están contemplados los delitos de maltrato y crueldad contra los animales, con penas de prisión y multa.

"Todos los códigos penales modernos tienen su capítulo ambiental", dijo Patricia Llerena, camarista Penal de la Nación. "No hay delito sin ley penal previa", agregó.

Por su parte, Carlos Alberto Luisoni, auxiliar Letrado del Juzgado de Garantías 3 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, remarcó que "si no hay afectación, no hay delito". Añadió: "Existen riesgos permitidos aceptados por la sociedad en función de la utilidad a la misma".

En tanto, José Alberto Esain, docente de Posgrado en Derecho Ambiental de la Universidad de Buenos Aires, señaló que "en la Argentina no existe el derecho penal ambiental, a diferencia de otros países donde aparece el mandato en su Constitución".

"Con el nuevo proyecto de Código Penal, el ambiente es un bien jurídico colectivo y autónomo. Se tienen que cumplir distintas condiciones para que sea delito, el derecho penal es última ratio", precisó.

Fuente: La Nación

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