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Chile: La justicia ordenó suspender la actividades pesqueras en el Canal Beagle

Por afectar los derechos constitucionales de igualdad ante la ley y de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas declaró admisible el recurso de protección deducido contra la empresa Pesquera Cabo Pilar SA; dio lugar a la orden de no innovar, lo que implica que la firma debe detener las faenas hasta que no se resuelva el fondo del recurso.

El pasado jueves 18 de abril, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas declaró admisible el recurso de protección deducido contra la empresa Pesquera Cabo Pilar SA
El pasado jueves 18 de abril, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas declaró admisible el recurso de protección deducido contra la empresa Pesquera Cabo Pilar SA

El mismo 18 de abril; el presidente del Alto Tribunal, Marcos Kusanovic, notificó a la empresa sobre la resolución que fue resuelta en base a la presentación que efectuaron Constanza Portus Torres, Gabriela Faraldo Victorica, Jorge Caros Lara y la Fundación Greenpeace Pacífico Sur.


En el escrito presentado ante la Corte de Apelaciones, los recurrentes señalan que la empresa incurrió “en actos arbitrarios e ilegales, toda vez que ha vulnerado una medida cautelar vigente, de la cual se encontraba en pleno conocimiento”. Dicha precautoria fue dispuesta por el Tribunal Arbitral de Osorno, tras un juicio para resolver un conflicto entre privados, obligando a “la suspensión total de operaciones y de ingreso de peces y de estructuras flotantes, pontones, balsas jaulas o cualquier otro bien mueble respecto de la concesión de acuicultura”.


El recurso también solicita declarar orden de no innovar, “mandatando a detener el transporte y movimiento de alevines de salmónidos a las jaulas ilegalmente ingresadas en el canal Beagle, comuna de Cabo de Hornos (…) en atención al grave e irreversible impacto que causa que se introduzcan organismos de especies exóticas en parajes prístinos, que son el sustento de nuestro desarrollo”.


Los recurrentes recuerdan que las salmoneras pretenden ser ubicadas en la Reserva de la Biósfera Cabo de Hornos, categoría que adquirió mediante la aprobación que efectuó el Consejo Internacional de Coordinación del Programa sobre Hombre y la Biósfera de la Unesco, en su reunión anual del 27 de junio de 2005.


Lo anterior, obedece a una postulación del gobierno de Chile, en virtud de la particularidad de los bosques más australes del planeta, glaciares y campos de hielo, cumbres de hielo, cumbres andinas, cursos de agua permanentes e intermitentes, bosques de algas pardas, fiordos, canales, corrientes e intrincados fondos marinos.


Sobre la expansión y el efecto de la industria salmonera hacia esta región, los recurrentes sostienen que “las ictiopatologías virales, bacterianas y parasitarias, que la propia industria llevó a las regiones de Los Lagos y Aysén han generado una situación de colapso sanitario y ambiental con altos costos para la industria, obligándola a buscar nuevos ambientes sanos donde operar”.


Noticias Ambientales.-




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