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El Monotributo aumentará más de la mitad en 2020

Desde el año pasado, las escalas, topes y montos a ingresar del régimen simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) se actualiza desde enero en base a la suma acumulada de los índices de movilidad fijados durante el transcurso del año anterior a la modificación.

El Monotributo aumentará más de la mitad en 2020
El Monotributo aumentará más de la mitad en 2020

Para 2019 el incremento fue del 28,46 por ciento resultado del valor de la movilidad de marzo/2018 del 5,71, de junio/2018 del 5,69, de septiembre/2018 del 6,68 y de diciembre/2018 del 7,78 por ciento.

El artículo 52 del anexo de la Ley 24.977 de Monotributo, de acuerdo al texto de la Ley 27.430 de Reforma Tributaria vigente desde el 1 de enero de este año, establece que "los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales y los importes consignados se actualizarán anualmente en enero en la proporción de las dos últimas variaciones del índice de movilidad de las prestaciones previsionales”.

Las actualizaciones dispuestas precedentemente “resultarán aplicables a partir de enero de cada año, debiendo considerarse los nuevos valores de los parámetros de ingresos brutos y alquileres devengados para la recategorización prevista en el primer párrafo del artículo nueve correspondiente al segundo semestre calendario del año anterior".

Por lo tanto, de cumplirse con lo que estipula la Ley de Monotributo, desde el 1 de enero próximo la Afip deberá publicar en su sitio web el cuadro de categorías con los ingresos brutos anuales, los alquileres devengados anuales y el importe a pagar tanto por la parte impositiva como por el aporte previsional incrementados en más del 50 por ciento.

De esta manera, los topes para permanecer en el régimen pasarán de 1.151.066 a 1.730.999 para el caso de quienes presten servicios y de 1.726.599 a 2.596.498 para quienes realicen ventas de cosas muebles.

En tanto, la cuota mínima se incrementará de 1.141 a 1.446 para todos y la máxima de 6.101 a 8.906  para los locadores y prestadores de servicios (categoría H) y de 5.065 a 7.348 para quienes tengan actividad de comercio (categoría K).

En el mismo porcentaje se incrementará el precio máximo unitario de venta en el caso de quienes tengan como actividad la venta de cosas muebles pasando de 19.269 a 28.977 pesos, aproximadamente.

 

 

afip

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