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Política
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Presupuestos mínimos de protección ambiental

A partir de un proyecto de ley, se establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental para los sistemas de tratamiento descentralizado de aguas residuales domésticas, con el objetivo de asegurar el saneamiento, disminuir los riesgos de contaminación ambiental, y proteger la salud humana, en todo el territorio nacional, en los términos del artículo 41 de la Constitución nacional, supo AIM.

La iniciativa, autoría de Alcira Figueroa (FDT), establece un Programa Nacional de Regularización y Mitigación de Riesgos por Aguas Residuales Domésticas.

En ese sentido, entiende el Sistemas de Tratamiento Descentralizados de Aguas Residuales Domésticas como los componentes interdependientes y complementarios entre sí, destinados a recolectar, tratar, y disponer de las aguas residuales domésticas, en sitios cercanos o en el mismo lugar de generación.

Los Sistemas de Tratamiento Descentralizados de Aguas Residuales Domésticas pueden ser: a) In situ (STD in situ):sistemas que recolectan las aguas residuales domésticas de hasta tres viviendas, las tratan, y las disponen en la superficie o el subsuelo, en el mismo lote o en un lote cercano a la fuente de generación; b) En clúster (STD clúster):sistemas que recolectan las aguas residuales domésticas de hasta cincuenta viviendas, la transportan a través de una red de alcantarillado a una planta de tratamiento, y las disponen en un cuerpo de agua superficial. Quedan excluidos de los alcances de esta ley, las aguas residuales domésticas que se descargan en una red pública de alcantarillado y se descargan en plantas de tratamientos centralizadas, y las aguas residuales provenientes de la industria.

Los objetivos del proyecto son el acceso equitativo al saneamiento seguro, para una efectiva adaptación del Estado Argentino a los objetivos y metas de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; promover a los Sistemas de Tratamiento Descentralizados de Aguas Residuales Domésticas, en el marco de la planificación urbana, y según los presupuestos mínimos establecidos en esta ley, como métodos sostenibles y eficaces de saneamiento; garantizar el financiamiento de las inversiones que requiere la implementación de los STD, así como su correcta operación, canalizando recursos del gobierno nacional para brindar asistencia a las familias con menos capacidad económica; fomentar, mediante el apoyo financiero, la visibilidad, y la asistencia técnica, la realización e investigación de métodos innovadores en saneamiento; y valorizar las aguas residuales tratadas, mediante técnicas de reúso sin riesgo para el ambiente ni la salud.

El proyecto de ley ingresó a las comisiones Legislación General y Presupuesto y Hacienda, de la Cámara de Diputados.

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