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Política
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Proponen establecer los porcentajes de fondos de Cafesg 

Ingresó en la Cámara de Diputados un proyecto de Ley que modifica la administración de recursos de la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande (Cafesg). La iniciativa fija un 50 por ciento para Feliciano, Federación, Federal, San Salvador, Concordia, Villaguay, Colón y Uruguay y un 40 por ciento a la totalidad de los municipios del territorio provincial conforme a las alícuotas vigentes, confirmó AIM.

El texto impulsado por Nicolás Mattiauda en la Cámara Baja y tomará estado parlamentario en la próxima sesión. La iniciativa, busca establecer “un sistema más equitativo, en el que se priorice o beneficie - en mayor medida - a los departamentos originales de la región de Salto Grande, pero también - en menor proporción - al resto de los departamentos de toda la provincia”, fundamentó el legislador, quien precisó: “Este nuevo sistema contribuirá alcanzar los objetivos previstos en la Ley provincial Nº 9140, dado que favorecerá el desarrollo homogéneo e integral de los diferentes departamentos que componen el territorio provincial”.

Precisamente, la reforma a al Ley 9140 fija que el 50 por ciento d los fondos será asignado a favor de los municipios, comunas y juntas de gobierno ubicados en los departamentos de Feliciano, Federación, Federal, San Salvador, Concordia, Villaguay, Colón y Uruguay, en forma proporcional al nivel de desarrollo integral y sustentable de cada uno de ellos y de acuerdo a los porcentajes que defina el Poder Ejecutivo; el 40 por ciento se coparticipará a la totalidad de los municipios del territorio provincial conforme a las alícuotas generales vigentes; y el diez por ciento será administrado por el Poder Ejecutivo, conforme a los criterios que establezca la reglamentación”.

Sin embargo, los fondos coparticipados “sólo podrán afectarse por los municipios, comunas y juntas de gobierno a la ejecución de obras de infraestructura viales, sanitarias, vivienda y educativas y adquisición de bienes de capital, estándole prohibido su destino a gastos corrientes”, y se aclara que los recursos “se consideran recursos afectados y serán inembargables”.

El diputado aseguró que “es dable concluir que ya ha pasado un tiempo prudente y razonable desde la sanción de la referenciada Ley provincial, como para que los departamentos comprendidos en la normativa alcancen sus adecuados niveles de desarrollo, advirtiéndose ciertas deficiencias de la regulación original. Es así que, con el presente proyecto, se busca subsanar las omisiones mencionadas e impulsar el desarrollo integral de todos los departamentos ubicados sobre la margen del río Uruguay, sin faltar a la letra de Ley que procura hacer extensivo dicho desarrollo a todo el territorio provincial”.

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