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Economía
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Una por una, las medidas que pondrá en marcha Economía

El Gobierno nacional anunció anoche una serie de medidas fiscales que se pondrán en marcha para mejorar los ingresos y paliar los efectos de la sequía.

A través del Ministerio de Economía, el Gobierno nacional anunció anoche una serie de medidas fiscales que se pondrán en marcha para mejorar los ingresos y paliar los efectos de la sequía.

De acuerdo a fuentes oficiales, se aplicará desde mañana el impuesto País a la compra de divisas para la importación de una serie de bienes y servicios y se extenderá una paridad de 340 pesos, para las exportaciones de economías regionales y maíz, hasta fin de agosto.

Hay al menos tres medidas con el tipo de cambio que se encuentran en carpeta para reforzar las reservas.

Las medidas llegan horas después de que tanto Economía como el FMI anunciasen un entendimiento para avanzar en la revisión del programa argentino y obtener los desembolsos previstos para el segundo semestre del año.

Una por una, las medidas anunciadas por el Gobierno

Simplificación Cambiaria

Equiparar tipo de cambio dólar solidario y dólar tarjeta, manteniendo dólar Qatar para consumos superiores a u$s300 mensuales.

Dólar Solidario y Dólar Tarjeta (tarjeta hasta u$s300 mensuales): quedaran unificados al 30% de Impuesto PAIS + 45 por ciento de Percepción Ganancias.

Según informó Economía, la medida afectará a 900 mil personas, quienes compran u$s150 mensuales. La implementación se realizará a través de una Resolución General de Afip.

Impuesto País Servicios

Se generaliza el impuesto País al 25 por ciento para todos los servicios, excepto: (i) Fletes, que se le aplicara la alícuota del 7,5 por ciento; (ii) Salud y Educación, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541, y; (iii) Recitales, que ya paga el 30 por ciento.

El impuesto lo perciben los bancos al momento de que los importadores acceden al MLC. No se aplica si se paga con dólares propios.

La implementación se realizará por decreto por facultades delegadas y resolución general Afip.

Impuesto País Bienes

Se generaliza el impuesto País al 7,5 por ciento para todos los bienes, excepto: (i) Medicamentos y material para combatir el fuego, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541, (ii) Suntuarios, que ya pagan el 30 por ciento, (iii) Combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía, así como insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria, seguirán sin pagar el Impuesto País.

El impuesto lo perciben los bancos al momento de que los importadores acceden al MLC. No se aplica si se paga con dólares propios.

La percepción se aplica sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca y Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.

Importaciones Temporales: no afectamos las importaciones que generan exportaciones (Agroindustria y Automotrices).

Las importaciones temporales del Decreto 1330/2004 y Decreto 688/2002 (esquema RAF) de automotrices quedan fuera del alcance del Impuesto País en la medida de que el “pago” de la importación se efectúa luego del “cobro” de la exportación relacionada y/o prefinanciación o anticipo con fondos propios.

Se crearía un padrón positivo con las empresas que solicitan este beneficio.

La implementación se realizará por decreto por facultades delegadas y resolución general de Afip.

Dólar Economía Regionales

Se amplía el esquema de economías regionales.

Las exportaciones que se liquidan hasta el 31 de agosto de 2023 tendrán un dólar de $ 340.

Divisas proyectadas de liquidación: USD 2.000 M, incluido maíz.

La implementación se realizará mediante decreto y Resolución Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

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