El Gobierno nacional oficializó la disolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) y la transferencia de todas sus funciones al Ministerio de Salud, en el marco de una prórroga de la emergencia sanitaria nacional hasta el 31 de diciembre de 2026. La medida quedó formalizada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 942/2025, publicado en el Boletín Oficial.
La decisión implica la eliminación de la Andis como organismo descentralizado y su integración orgánica y funcional al Ministerio de Salud, que pasará a concentrar la planificación, ejecución y control de las políticas públicas vinculadas a discapacidad.
Argumentos oficiales y diagnóstico de la intervención
Según los fundamentos del decreto, la restructuración se apoya en el informe final de la intervención del organismo, que detectó fallas administrativas, debilidades en los controles internos y un entramado tecnológico fragmentado. De acuerdo al texto oficial, estas deficiencias afectaban la gestión del Certificado Único de Discapacidad, las pensiones no contributivas por invalidez y el Programa Federal Incluir Salud.
El Ejecutivo advirtió que la coexistencia de sistemas inconexos generaba duplicación de tareas, inconsistencias de datos y obstáculos para garantizar la continuidad de las prestaciones médicas, medicamentos de alto costo y dispositivos de apoyo.
Qué cambia con la disolución de la Andis
Con la entrada en vigencia del DNU, se incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, que actuará como continuador legal y administrativo de la Andis. La cartera sanitaria asumirá el personal, los bienes, los compromisos y los créditos presupuestarios del organismo disuelto, con el objetivo de asegurar la continuidad de los servicios.
La medida formaliza lo anunciado días atrás por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y se inscribe en la política de reducción de estructuras descentralizadas impulsada por el presidente Javier Milei.
Cambios legales y trámite parlamentario
El decreto también introduce modificaciones en la Ley de Ministerios para reforzar las competencias del ministerio de Salud en materia de discapacidad, incluyendo el diseño, control y auditoría de las pensiones por invalidez. Asimismo, amplía atribuciones vinculadas al Registro Nacional de Precursores Químicos, en coordinación con el Ministerio de Seguridad Nacional.
En los considerandos, el Gobierno sostuvo que la gravedad de las irregularidades detectadas y la magnitud de los recursos comprometidos justifican el uso de un DNU, al entender que el trámite legislativo ordinario podría poner en riesgo la continuidad de prestaciones esenciales.
Tal como establece la normativa vigente, el decreto será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación, que deberá pronunciarse sobre su validez mientras avanza la reorganización del área de discapacidad y salud pública.