La medida alcanza a diez principios activos utilizados para tratar alergias, trastornos digestivos, mareos, afecciones respiratorias y otros cuadros frecuentes. La disposición fue publicada en el Boletín Oficial y comenzará a regir desde este miércoles.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) amplió el listado de medicamentos que podrán comercializarse sin receta médica. La medida fue oficializada mediante la Disposición 4714/2026 y permitirá que diez principios activos pasen de la condición de venta bajo receta a venta libre.
La decisión alcanza a especialidades medicinales que permanecieron al menos cinco años en el mercado bajo prescripción médica y que, tras la evaluación realizada por el organismo, demostraron un perfil de seguridad y eficacia que habilita el cambio en su modalidad de expendio.
Desde la Anmat, explicaron que la revisión contempló los informes de farmacovigilancia nacionales e internacionales y que no se detectaron efectos adversos graves que modificaran la relación entre riesgos y beneficios de estos medicamentos.
Qué medicamentos pasan a ser de venta libre
La disposición incluye diez principios activos y asociaciones farmacológicas que podrán venderse sin prescripción médica, siempre que respeten las concentraciones y presentaciones autorizadas:
Trimebutina maleato 100 miligramos, utilizada para trastornos digestivos.
Levocetirizina en comprimidos y solución oral, indicada para el tratamiento de alergias.
Fexofenadina en comprimidos y solución oral, antihistamínico para cuadros alérgicos.
Dimenhidrinato 50 miligramos, empleado para prevenir y tratar mareos y náuseas por movimiento.
Asociación de nafazolina y feniramina en solución oftálmica para alergias oculares.
Olopatadina en gotas oftálmicas.
Carboximetilcisteína en jarabe o solución oral para afecciones respiratorias.
Cloruro de aluminio hexahidratado en loción tópica.
Asociación de carbonato de calcio, tintura de Árnica montana y nitrato de plata para uso tópico y oral.
Ivermectina al 0,5 por ciento en loción de uso exclusivamente tópico.
Nuevas obligaciones para los laboratorios
La normativa establece que los laboratorios podrán continuar comercializando los lotes elaborados antes de la entrada en vigencia de la disposición con los envases actuales. Sin embargo, las nuevas partidas deberán incorporar el rotulado correspondiente a la condición de venta libre.
Además, los envases deberán incluir un código QR que permita acceder al prospecto actualizado y adecuarse a las dosis, intervalos de administración y duración de los tratamientos aprobados por la autoridad sanitaria.
Los titulares de los registros también deberán actualizar la documentación correspondiente a los certificados inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM).
Mayor acceso a tratamientos
La Anmat señaló que esta medida forma parte del proceso de revisión de medicamentos impulsado junto al Ministerio de Salud para ampliar el acceso a productos que cuentan con seguridad y eficacia comprobadas.
El organismo advirtió que el incumplimiento de las nuevas disposiciones podrá dar lugar a las sanciones previstas en la legislación vigente.