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Piden juicio a productores de Pergamino por contaminación

La investigación surgió a raíz de un llamado telefónico donde una mujer denunció que padecía problemas derivados de las fumigaciones que se efectuaban sobre campos cercanos a una escuela de la localidad. Según la fiscalía, los acusados provocaron un daño en la salud de los vecinos de los barrios Villa Alicia, Luar Kayad y La Guarida.

El titular de la Fiscalía Federal de San Nicolás, Matías Felipe Di Lello, solicitó la elevación a juicio oral de la investigación seguida contra tres propietarios los campos ubicados en la localidad bonaerense de Pergamino, por haber contaminado el ambiente en general "de un modo peligroso para la salud mediante la utilización de residuos calificados peligrosos".

La investigación se inició el 13 de septiembre de 2018, a raíz de un llamado telefónico a la Subdelegación Pergamino de la Policía Federal Argentina, donde una mujer denunció que padecía problemas de salud derivados de las fumigaciones con agroquímicos que se efectuaban sobre campos cercanos a la Escuela N°52 de esa localidad.

En 2014, el Concejo Deliberante pergaminense dictó la ordenanza N°8126/14 que reglamenta las actividades relacionadas con el uso y aplicación de los productos fitosanitarios, para evitar la contaminación del ambiente y de los alimentos, protegiendo la salud, los recursos naturales y la producción agropecuaria sustentable. La normativa dispone la existencia de una zona de exclusión conformada por los primeros 100 metros desde el límite de la zona urbana y en la cual está prohibido cualquier tipo de pulverización. Además, reglamenta la zona de amortiguamiento, compuesta por los 500 metros siguientes a la zona de exclusión.

En base a las pruebas recolectadas durante la investigación desarrollada por la Fiscalía Federal de San Nicolás, se estableció que a través de las fumigaciones con agroquímicos realizadas mediante mochilas o tractores “mosquito”, los tres imputados “en violación a la ordenanza municipal y las normas provinciales, contaminaron el ambiente y provocaron un daño en la salud de los vecinos de los barrios Villa Alicia, Luar Kayad y La Guarida”. En ese sentido, se acreditó que, al estar expuestos a las fumigaciones, presentaron cuadros de alergias severas, afecciones respiratorias e, incluso, cáncer.

Si bien los agroquímicos utilizados por los imputados contaban con autorización del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), debían utilizarse con debidos cuidados y controles para evitar afectar la salud de las personas que se encuentran expuestas a ellos, dada la toxicidad de sus formulaciones.

En su requerimiento al juez federal Carlos Villafuerte Ruzo, el fiscal Di Lello, señaló: “todos los elementos que han sido reunidos en esta instrucción permiten tener por acreditado que, durante el periodo de tiempo investigado, los imputados aplicaron en las pulverizaciones realizadas en forma terrestre los agroquímicos atrazina, imidaclopird, imazetapir, metalaxil, triticonazol, metolaclor, acetoclor, clorpirifos, flurocloridona, tetrametrina y glifosato, entre otros, en los campos que explotaban, infringiendo la Ordenanza Municipal vigente en esa ciudad que prohíbe la aplicación terrestre dentro de un radio de 100 metros a partir del límite de la planta urbana, de productos químicos o biológicos de uso agropecuario, de cualquier clase y dosis”.

Agregó que se tomaron muestras de suelo y agua que tras ser analizadas “arrojaron mayores concentraciones de plaguicidas en suelos de patios de vecinos que en campos colindantes (atrazina y sus derivados, glifosato, entre otros)”. “Se hallaron mayores concentraciones de agroquímicos del grupo fungicidas (tebuconazol, triticonazol, epoxiconazol, tebuzonazol) y el insecticida Clorpirifós, tanto en jardines de los vecinos como en el agua que consumen”, indicó.

Los tres propietarios rurales se suman al titular y un auditor de la Dirección de Ambiente Rural de la Municipalidad de Pergamino, respecto de quienes, en mayo pasado y en el marco de otra investigación relacionada, se solicitó que fueran a juicio por no cumplir “acabadamente las funciones inherentes a su cargo, esto es, fiscalizar y controlar el correcto cumplimiento de las disposiciones de la ordenanza municipal N° 8216/14 y la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente conforme las leyes y convenios de su competencia”.

Fuente: Página 12

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