Saltar menúes de navegación e información institucional Teclas de acceso rápido

El clima hoy en:

-

- -

El dólar hoy: (BCRA)

$954,0 / $994,0

Nacionales
Nacionales

Procesaron sin prisión preventiva a los miembros de Revolución Federal

El juez Marcelo Martínez de Giorgi procesó a Jonathan Morel, Leonardo Sosa, Gastón Guerra y Sabrina Basile, integrantes de la agrupación de ultra derecha Revolución Federal y les trabó embargos a cada uno por nueve millones de pesos. Ayer miércoles fueron excarcelados por la Cámara Federal.

El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi procesó hoy, sin prisión preventiva, a Jonathan Morel, Leonardo Sosa, Gastón Guerra y Sabrina Basile, los cuatro miembros de la agrupación ultraderechista Revolución Federal que se encontraban detenidos, a quienes que acusó de llevar a cabo un plan criminal que tuvo por objeto imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor.

Martínez de Giorgi, quien había ordenado su detención, les aplicó a todos la figura del artículo 213 bis del Código Penal que prevé penas de tres a ocho años de prisión al que “organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación”.

En su fallo, el juez advirtió que las conductas atribuidas a los imputados quedan por fuera de la protección constitucional de los derechos a la protesta y a la libre expresión de ideas, pues exceden el ejercicio de la libertad de expresión y el ámbito de reserva constitucionalmente amparado. Además, mandó a trabarles embargos sobre los bienes hasta cubrir el monto de nueve millones de pesos, según el documento de 60 páginas al que tuvo acceso Télam.

El magistrado sostuvo en la resolución: “Se considera materialmente acreditado que, a través de esta organización, los/as imputados/as llevaron a cabo un plan criminal, que tuvo por objeto imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor”.

En esa línea, continuó: “Utilizaron sostenidamente en el tiempo manifestaciones intimidantes en distintas redes sociales -Facebook, Twitter e Instagram- y medios masivos de comunicación, repartiendo folletería y mediante protestas autoconvocadas, planificando, coordinando y difundiendo mensajes de odio, actos intimidatorios y manifestaciones violentas -principalmente en contra de autoridades del actual PEN (Poder Ejecutivo Nacional) y sus simpatizantes”.

“Así, generaron el impacto deseado de incitar a la violencia colectiva en un número indeterminado de personas que pueden acceder libremente a las redes sociales mencionadas”, aseveró el juez federal que investiga la causa, donde interviene también el fiscal Gerardo Pollicita.

Para los investigadores, la finalidad de los actos desarrollados por los miembros de la organización extremista “fue incitar permanentemente a la renuncia de los personajes públicos escrachados -pertenecientes a autoridades públicas de la actual gestión de gobierno-, mediante propaganda de contenido violento y el activismo social convocado”.

Martínez destacó en su fallo “la distribución de folletería y la utilización de determinadas insignias o lemas tales como 'Van a correr' o 'Todos presos, muertos o exiliados' -entre otros-, replicados en forma masiva en distintos medios y redes sociales, que utilizaron como herramienta de difusión, y donde sus mensajes, como se dijo, alcanzaban a un sinnúmero de personas”.

Los cuatro procesados habían sido detenidos por orden de Martínez de Giorgi, pero ayer miércoles fueron excarcelados por la Cámara Federal, lo que despertó críticas del presidente Alberto Fernández, así como una eventual apelación de la querella de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.

discursos de odio

Artículos Relacionados

Teclas de acceso