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Revés al Gobierno: confirman la invalidez del DNU que limita el derecho a huelga

La Cámara Nacional del Trabajo confirmó el fallo de primera instancia que declaró inconstitucionales los artículos dos y tres del Decreto 340/25, que imponía restricciones al ejercicio del derecho a huelga en diversas actividades. La acción de amparo fue presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT).

El decreto, ahora invalidado, incorporaba a la marina mercante como “servicio esencial” y modificaba el artículo 24 de la Ley 25.877 sobre conflictos colectivos, ampliando los límites al ejercicio de huelga. La Cámara entendió que el Ejecutivo no justificó adecuadamente la necesidad y urgencia del decreto, dictado mientras el Congreso estaba en funciones, ni cumplió con el control legislativo posterior previsto en la Ley 26.122.

Además, se consideró que la norma vulneraba la libertad sindical al restringir de forma desproporcionada el derecho a huelga. Los jueces Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado sostuvieron que no existía una urgencia real que impidiera el tratamiento legislativo ordinario y cuestionaron el intento del Poder Ejecutivo de modificar una ley nacional sin pasar por el Congreso.

“El presente proceso no debate qué servicios pueden ser considerados esenciales, sino el instrumento jurídico utilizado para modificar una ley”, subrayaron los camaristas, quienes también rechazaron el argumento oficial basado en una supuesta “crisis social y económica” que, señalaron, no puede justificar la omisión del rol del Congreso en la sanción de leyes.

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