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Política
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Consenso Fiscal 2020 en el Senado

La comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado, presidida por el oficialista Carlos Caserio, se reunirá este miércoles para tratar el Consenso Fiscal 2020, en el marco de la pandemia, supo AIM.

Esta semana, la Cámara alta no sólo realizará una sesión extraordinaria el jueves, sino que también tendrá actividad de comisiones. En ese sentido, este miércoles a partir de las 11, la Comisión de Presupuesto y Hacienda, presidida por el cordobés Carlos Caserio (FdT), tratará uno de los proyectos incluidos por el Gobierno en el temario de verano.

Se trata de la iniciativa para ratificar el Consenso Fiscal 2020, firmado el pasado 4 de diciembre por el presidente Alberto Fernández y 21 de los 24 gobernadores. Tanto La Pampa como San Luis no suscribieron el documento, dado que no lo habían hecho en el Consenso Fiscal de 2017, pero sí esta vez expresaron su apoyo. En tanto, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, no adhirió.

En los argumentos del proyecto, el Poder Ejecutivo señaló que “como consecuencia” de la emergencia económica y la pandemia “se ha reducido la actividad económica con inevitable impacto en los niveles de recaudación, a la vez que los Gobiernos nacional y provinciales necesitan contar con recursos fiscales para la atención de una creciente demanda social cuya resolución permita contener a los sectores más vulnerables de la población”.

“El Estado nacional y las provincias han asumido el compromiso de aunar los esfuerzos de las administraciones tributarias a efectos de mejorar y avanzar en la armonización de las acciones, reduciendo y simplificando trámites y presentaciones de los y las contribuyentes, en el marco del federalismo fiscal”, señaló el Gobierno en la iniciativa.

Dentro de los compromisos comunes asumidos, el Consenso Fiscal prevé “la reafirmación de que la reasignación de recursos en el marco de la transferencia de competencias, servicios o funciones previstas en el párrafo quinto del inciso dos del artículo 75 de la Constitución Nacional no se implementa mediante el esquema de distribución de fondos” previsto en la Ley de Coparticipación (N° 23.548).

Por otra parte, en el documento se estipuló “suspender las obligaciones en materia de exenciones y escalas de alícuotas máximas contempladas para los períodos fiscales 2020 y 2021 para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y las disposiciones de los Impuestos Inmobiliarios, a los Sellos, aquellos que gravan la nómina salarial y a los tributos específicos”.

A su vez, se impulsa la continuidad de una “mejor adecuación del funcionamiento de los regímenes de retención, percepción y recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los y las contribuyentes del Convenio Multilateral”.

De igual forma, se han introducido modificaciones tendientes a “homogeneizar el tratamiento impositivo que las distintas jurisdicciones provinciales o municipales, según sea el caso, otorgan en el impuesto automotor, con el fin de eliminar distorsiones en la carga tributaria basadas en el lugar de radicación, así como mejorar el índice de cobrabilidad del mismo”.

También se pactó la definición de “una estrategia para el endeudamiento responsable de las provincias que posibilite el acceso a nuevas fuentes de financiamiento y el desarrollo de nuevos instrumentos para captar crédito en moneda doméstica, manteniendo como eje la sostenibilidad de sus deudas”.

En esa línea, Nación y las provincias acordaron que “a partir del 31 de diciembre de 2020 y durante un año, las provincias no podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera respecto a los valores registrados a tal fecha, previéndose ciertas operaciones de manera excepcional”.

Asimismo, “que las operaciones de emisión de Títulos Públicos, en moneda nacional de las provincias, cuyo vencimiento sea superior o igual a los 18 meses desde su emisión, estarán exceptuadas de lo establecido en los artículos siete y 10 de la Ley N° 23.928, siempre y cuando los fondos obtenidos se destinen a financiar obras de infraestructura o a reestructuración de servicios de deuda emitida con anterioridad al 31 de diciembre de 2020”.

Por último, “en un marco de resolución de conflictos concertado y, considerando imperioso reducir el nivel de litigiosidad entre el Estado nacional y las jurisdicciones provinciales en el marco de un 2021 ‘postpandemia’ en el cual la recuperación de la economía será el eje central de toda política pública, se acordó poner en suspenso las causas judiciales vinculadas a controversias derivadas del federalismo fiscal”, indicó el Poder Ejecutivo.

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