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Corren los plazos para que entes públicos tengan espacios amigables para la lactancia

En 180 días deberán comenzar a funcionar espacios amigables para la lactancia en los tres poderes del Estado provincial, incluyendo entes descentralizados, autárquicos, autónomos, empresas y sociedades, confirmó AIM.

Con la publicación de la Ley 10.994 en el Boletín Oficial del 5 de septiembre, se cumplió el último paso para que entre en vigencia la norma que dispone la creación de “espacios amigables para la lactancia” y ahora los organismos públicos tienen un plazo de 180 días para implementarlos.

La puesta en marcha de “espacios amigables para la lactancia”, tienen el fin de posibilitar a las personas trabajadoras la extracción de la leche humana y conservarla durante su horario laboral o utilizar el espacio para amamantar o alimentar a su hija o lactante durante el horario de trabajo mientras dure el período recomendado para la lactancia (dos años), sin que ello ocasione perjuicios en sus remuneraciones.

El texto, determina que los “espacios podrán ser utilizados también por toda persona que se encuentre en la institución u organismo de forma eventual o de tránsito por cualquier motivo y desee alimentar a su hija/o con leche humana”.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud, que a su vez está responsabilizado de las campañas de difusión acerca de los beneficios de contar con Espacios Amigables para la Lactancia en todas las dependencias ya referenciadas.

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