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Política
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Entre Ríos logró la Ley de cupo laboral trans

La Cámara de Diputados sancionó con fuerza de Ley el texto que promueve y garantiza derechos en el ámbito laboral para las personas travestis, transexuales y transgénero en Entre Ríos. La Cámara Baja aceptó cambios introducidos en el Senado, por lo que se garantizará el cupo laboral del uno por ciento en cargos estatales, registró AIM.

La decisión del Gobierno nacional de implementar el cupo para travestis, transexuales y transgénero en el Estado, cambió el escenario en Entre Ríos. En 2019 el proyecto que había avanzado en la Cámara Baja no establecía el uno por ciento por la presión que ejerció Cambiemos. Ante esta nueva configuración política, el Senado le restituyó a la iniciativa de Emilce Pross el espíritu, que hoy fue ratificado en Diputados y ahora sí incluye el uno por ciento del cupo laboral en la administración pública provincial.
El proyecto que quedó a disposición del Ejecutivo para su promulgación y publicación promueve y garantiza derechos en el ámbito laboral para las personas travestis, transexuales y transgénero, por lo que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de su identidad de género”.

Además, se establece que el Estado provincial, sus organismos descentralizados y las empresas del Estado “están obligados a ocupar personas travestis, transexuales y transgénero, que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no menor al uno por ciento de la totalidad de su personal, y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por ellas, de acuerdo con las modalidades que fije la reglamentación”. En ese marco, se crea el Registro Único de Aspirantes, que funcionará en el ámbito de la Autoridad de Aplicación, y tendrá el objetivo de facilitar la incorporación laboral de las personas trans.

Por otro lado, el Estado deberá establecer un régimen de incentivo fiscal para los empleadores del sector privado que contraten a personas travestis, transexuales y transgénero, por lo que se otorgará un bono fiscal del 3,5 por ciento (alícuota general) sobre el valor de las contribuciones patronales efectivamente abonadas por el empleador correspondientes al empleado travesti, transexual y transgénero, con excepción de las realizadas con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales.

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