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Política
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La Ley de Teletrabajo entraría en vigencia cuando finalice el Aspo

Senado sancionó el teletrabajo
Senado sancionó el teletrabajo

Sin apoyo de la oposición, el Senado nacional sancionó este jueves la Ley de Régimen Legal de Teletrabajo, que establece presupuestos legales mínimos para esta modalidad, extendida como consecuencia de la pandemia de Covid-19. La iniciativa tuvo 40 votos a favor y 30 en contra, supo AIM. La ley entraría en vigencia 90 días después de que finalice el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (Aspo).
Tras meses de tratamiento, la Ley de Teletrabajo finalmente se sancionó ayer en el Senado. En el inicio del debate, el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Daniel Lovera (FdT), remarcó que hay diferentes teletrabajadores y se necesita regular la modalidad para evitar “excesos”.
“Algunos creen que el teletrabajo aplica sólo a la mano de obra altamente calificada. A pesar de la gran especialización que tiene un sector, todos los trabajadores deben tener regulado su trabajo”, enfatizó el oficialista y afirmó que esta norma “amplía derechos”.
En contra del proyecto, Gladys González (Pro) advirtió que esta ley provocará la pérdida de empleo y de “la oportunidad de retener talento”. “¿Por qué votan así? La verdad no lo sé, no lo entiendo, para mí es incomprensible y más con la crisis que estamos pasando”, criticó al oficialismo.
Desde la oposición, que no acompañó la iniciativa, Esteban Bullrich (Pro) cargó contra el oficialismo por “el relato del consenso mayoritario que tiene esta ley y del proceso de escucha que hubo”. “No hay consenso, porque no se aceptó ningún cambio”, aclaró y cuestionó: “Esta ley traba y al trabar no solamente no crea puestos de trabajo, sino que los va a destruir. No estamos garantizando nada con esta ley”.
Igualmente, Julio Cobos (UCR) dijo que “esto es una regulación y no una promoción del empleo, porque no estamos dando ningún incentivo fiscal. Esto desalienta, los empleadores van a ver cuál es la regulación que tenemos en esta materia y puede ser un desaliento”.
Qué dice el texto
La iniciativa incorpora el artículo 102 bis a la Ley de Contrato de Trabajo señalando que “habrá contrato de teletrabajo cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios” sea “efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador mediante la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones”.
Según pudo saber AIM, el proyecto establece presupuestos legales mínimos para la modalidad del teletrabajo, extendida con la pandemia del Covid-19, y deja en manos de los convenios colectivos las regulaciones específicas de cada actividad.
Entre los puntos principales, se garantiza que la remuneración recibida por el teletrabajador no podrá ser menor a la que percibe un empleado que realiza sus tareas en modo presencial.
El trabajador podrá prestar su consentimiento para el teletrabajo de forma voluntaria y por escrito, y tendrá la posibilidad de revertirlo en cualquier momento de la relación contractual.
Se considera además el derecho a la desconexión digital, equivalente al tiempo de descanso, y se contemplan las tareas de cuidado de menores de 14 años, personas mayores o con discapacidad.
El empleador deberá proveer los elementos de trabajo -software, hardware y otros-, y en caso de que el trabajador incurra en gastos extra, tendrá acceso a una compensación económica, que quedará exenta del pago del impuesto a las Ganancias.
El proyecto aprobado también incluye los derechos colectivos y la representación sindical; el derecho a la intimidad y la privacidad del domicilio; y la creación de un registro de empresas que utilicen esta modalidad, en el ámbito del Ministerio de Trabajo.
La ley entraría en vigencia 90 días después de que finalice el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

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