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Política
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Salud inhabilitó a Moyano, el condenado por genocidio que figuraba como prestador médico

El Ministerio de Salud, de Entre Ríos a través de la resolución Nº 1.369, suspendió la matrícula de médico, a Hugo Mario Moyano. La medida rige hasta que se cumpla la pena de inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena de lesa humanidad impuesta por la justicia Federal de Paraná. Deberá cerrar su consultorio y abstenerse de ejercer la profesión en toda la provincia. El caso fue dado a conocer por una denuncia del gremio de trabajadores de prensa Setpyc, según reveló AIM.[{adj:55921 alignright}]

El escandaloso caso del médico Moyano saltó a la luz a partir de un repudio que efectuó el Sindicato Entrerriano de Trabajadores de Prensa y Comunicación (Setpyc), cuando al advertir que estaba como prestador en su obra social, rechazó la inclusión del el ex represor condenado como profesional autorizado, tal como informó esta Agencia. El gremio se anotició de esta situación cuando fue notificado por la obra social nacional que estaba incluido dentro de la cartilla de médicos, y ahí se reveló que estaba admitido por el Círculo Médico de Paraná como profesional y autorizado por la Superintendencia de Seguros de Salud de la Nación y la Provincia.

Según se indicó desde la cartera sanitaria, en su momento la justicia Federal de Paraná, condenó el médico Hugo Moyano, por delitos de lesa humanidad a través de una condena que fija una pena de 10 años de prisión con más la inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena. Deriva de ello como consecuencia, que tampoco podrá ejercer la medicina en ningún rincón del territorio provincial, y naturalmente deberá cerrar su consultorio.

Moyano, fue condenado por crímenes de lesa humanidad en 7 casos tipificados como privación ilegítima de la libertad y torturas en su función de médico de las unidades penales Unidad Penal 1 y 6 y también como médico de la Base Aérea guarnición Paraná.

En ese marco, y habiendo tomado conocimiento de la situación, Velázquez inmediatamente denunció dicha situación e impuso una serie de medidas tendientes a realizar las investigaciones preliminares del caso sin perjuicio de las medidas preventivas o de fondo que el ministerio pudiese tomar ajustadas a derecho en el marco de sus atribuciones.

Fue así que luego de efectuadas las tramitaciones de rigor, el ministerio llegó a la conclusión de suspender la matrícula de dicho profesional tal como lo dejó establecido por resolución 1369 puesta en vigencia en el día de hoy.

Argumentos

Los considerandos de la resolución enfatizan, (en el contexto de la medida dispuesta) que “la Administración Pública siempre tiene que actuar teniendo en cuenta las exigencia y las necesidades del interés público” ya que caso contrario, “si este principio fuera transgredido, los actos dictados con violación del mismo aparecerían como viciados e injustificados como resultado de un sustancial desviación del poder”.

La inhabilitación -junto a la condena de prisión- advierte la resolución, tiene por objeto de privar al inculpado de evitar que ponga su profesión al servicio de ulteriores actividades criminales. De ahí, que la sanción recaiga comúnmente en cargos profesionales susceptibles de un riesgo general como los de carácter público, sanitario o de transporte.

El artículo 2° de la resolución rubricada por la titular del ministerio de salud, hace referencia a la necesidad de oficiar ante el Tribunal Oral Federal, información sobre la situación procesal de Moyano.

El artículo siguiente establece finalmente que, además de notificar tanto al profesional como al Círculo Médico de Paraná y a la justicia Federal de Paraná, de lo resuelto por el Ministerio de Salud, Moyano deberá cerrar su consultorio médico y abstenerse de ejercer la medicina en el ámbito provincial.

condenado Delitos de lesa humanidad Hugo Chavez

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