La Afip estableció que aquellos contribuyentes que debían declarar más de un empleo en el Siradig (formulario 572 web) y no lo hicieron, no tendrán que inscribirse en el impuesto a las Ganancias.
Los impuestos que surgen a partir de los trabajos no declarados deberán pagarse mediante un VEP, hasta el 22 de junio, utilizando el código de Impuesto-Concepto-Subconcepto: 011-043-043.
La medida, establecida hoy por la Resolución General 4261 publicada en el Boletín Oficial, es por única vez y alcanza a las declaraciones juradas de 2017.
La medida contempla los siguientes casos:
- a) El beneficiario no informó dichos sueldos o remuneraciones, así como las deducciones respectivas, a través del formulario 572 Web.
- b) El impuesto no fue retenido en su totalidad sus agentes de retención.
Este universo de contribuyentes debe presentar la declaración jurada simplificada, sin necesidad de realizar la inscripción en el impuesto.