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Pluriempleo: no es necesario inscribirse en el Impuesto a las Ganancias

La Afip estableció que aquellos contribuyentes que debían declarar más de un empleo en el Siradig (formulario 572 web) y no lo hicieron, no tendrán que inscribirse en el impuesto a las Ganancias.

Los impuestos que surgen a partir de los trabajos no declarados deberán pagarse mediante un VEP, hasta el 22 de junio, utilizando el código de Impuesto-Concepto-Subconcepto: 011-043-043.

La medida, establecida hoy por la Resolución General 4261 publicada en el Boletín Oficial, es por única vez y alcanza a las declaraciones juradas de 2017.

La medida contempla los siguientes casos:


  1. a) El beneficiario no informó dichos sueldos o remuneraciones, así como las deducciones respectivas, a través del formulario 572 Web.

  2. b) El impuesto no fue retenido en su totalidad sus agentes de retención.


Este universo de contribuyentes debe presentar la declaración jurada simplificada, sin necesidad de realizar la inscripción en el impuesto.

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