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Política
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Diputados buscará avanzar en la modificación de la Ley de Pesca

Diputados nacionales pedirán una sesión especial para el martes a los fines de avanzar con el proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el cual se modifica el capítulo XIII: Régimen de Infracciones y Sanciones de la Ley 24922, Federal de Pesca, supo AIM. La Cámara también buscará sancionar la iniciativa sobre sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística nacional.

Según pudo saber AIM, el oficialismo en la Cámara de Diputados buscará sesionar este martes para aprobar el proyecto modifica varios artículos de la Ley 24.922, de Régimen Federal de Pesca, sancionada en 1998. De acuerdo a la propuesta, se incorpora el artículo 51 bis, el cual detalla los nuevos montos de las multas y cómo se medirán.
En la actualidad, la norma prevé sanciones económicas que van de los 10 mil pesos a un millón de pesos.

El proyecto indica que “la sanción de multa será establecida en unidades de valor denominadas Unidades Pesca (UP), equivalentes al precio de un litro de combustible gasoil” y “la autoridad de aplicación determinará el procedimiento de fijación del valor en moneda de curso legal de las UP”.

“Las UP se convertirán en moneda de curso legal al momento en que el presunto infractor se allane a la imputación efectuada conforme el procedimiento previsto por el artículo 54 bis de esta Ley o al momento del pago total de la multa impuesta por resolución firme dictada en sede administrativa o sentencia judicial”, agrega.

La iniciativa señala que la multa mínima será de 1.000 Unidades Pesca y la máxima de 300.000 Unidades Pesca. “Cuando la infracción de que se trate sea la de pescar sin autorización de captura, carecer de una cuota individual de captura o pescar en zona de veda, la multa mínima no podrá ser inferior a 3.000 UP”, indica.

En tanto, “cuando la infracción de que se trate sea la de pescar sin permiso, la multa mínima no podrá ser inferior a 500.000 UP y la máxima de 3.000.000 UP”.

Entre otros cambios, además de mantener el texto del artículo 54 de la actual ley, donde establece que, tratándose de embarcaciones extranjeras, la autoridad de aplicación podrá retener el buque y que los gastos que eso demande correrán por parte del propietario, la iniciativa del Ejecutivo incorpora que “todo ello” será “sin perjuicio de las sanciones penales y/o aduaneras que pudieran corresponder”.

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