Mediante dos decretos publicados este lunes, el Gobierno nacional reglamentó aspectos centrales de la reforma laboral y puso en marcha el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un nuevo sistema destinado a contribuir al pago de indemnizaciones en el sector privado.
El Gobierno nacional reglamentó este lunes los principales aspectos de la reforma laboral aprobada a través de la Ley de Modernización Laboral. A través de los decretos 407 y 408/2026, oficializó cambios en materia de registración laboral, licencias médicas, negociación colectiva y creó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los instrumentos más relevantes de la reforma.
Entre los cambios más importantes figura una nueva modalidad de registración de trabajadores. Los empleadores cumplirán con esta obligación mediante las altas y bajas en los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), eliminándose la exigencia de llevar libros laborales físicos o digitales.
La reglamentación también establece nuevas pautas para la confección de los recibos de sueldo, que deberán presentar una estructura uniforme e incluir información detallada sobre salarios, aportes, contribuciones y costos laborales.
En materia de licencias por enfermedad, las prescripciones médicas deberán emitirse de manera electrónica mediante plataformas habilitadas, salvo situaciones excepcionales por falta de conectividad.
Asimismo, se fijaron nuevas reglas para los acuerdos de finalización de la relación laboral y se instruyó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a implementar un sistema para informar a los empleadores sobre el inicio y la finalización de los trámites jubilatorios de sus trabajadores.
La norma también incorpora modificaciones para las empresas de servicios eventuales, establece límites para los períodos de inactividad entre asignaciones laborales y ratifica el principio de igualdad salarial respecto de los trabajadores permanentes.
Fondo para despidos
A través del Decreto 408/2026, el Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo destinado a garantizar recursos para afrontar el pago de indemnizaciones laborales sin modificar el régimen indemnizatorio vigente.
El sistema alcanzará a empleadores del sector privado, mientras que el sector público quedará excluido. También podrán adherirse micro, pequeñas y medianas empresas, además de entidades sin fines de lucro que cumplan los requisitos establecidos.
Los recursos serán administrados mediante fideicomisos financieros o fondos comunes de inversión supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Cada empresa deberá contar con una "Cuenta Individual del Empleador", donde se depositarán los aportes destinados al fondo.
Para operar dentro del régimen, los empleadores deberán seleccionar una entidad administradora, obtener un identificador denominado "ID FAL" e informarlo a ARCA, organismo que tendrá a su cargo la derivación de los aportes.
Cuando se produzca una desvinculación laboral, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica con los datos del trabajador, la causa de extinción del vínculo y la liquidación correspondiente. Una vez verificadas las condiciones exigidas, la entidad administradora tendrá hasta cinco días hábiles para transferir los fondos al trabajador.
La reglamentación aclara que el Estado no asumirá responsabilidad por eventuales faltantes de recursos en las cuentas de cada empresa y que la determinación de las indemnizaciones seguirá siendo responsabilidad exclusiva del empleador.
Además, el decreto prevé beneficios fiscales para las cuentas utilizadas por el sistema y una reducción de contribuciones patronales equivalente al aporte destinado al Fondo de Asistencia Laboral.
Si bien el régimen quedó reglamentado, el Gobierno decidió postergar su entrada en vigencia hasta el 1 de noviembre de 2026 para permitir que la Secretaría de Trabajo, Arca, la CNV y la Secretaría de Finanzas dicten las normas complementarias necesarias para su implementación.