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Promueven proteger a las comunas afectadas por la ampliación del régimen de coparticipación

Ingresó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley que busca compensar la caída en los fondos de coparticipación que sufrirán las comunas preexistentes tras la incorporación de 22 nuevas jurisdicciones al sistema de distribución de recursos provinciales, confirmó AIM.

La iniciativa, impulsada por la legisladora Andrea Zoff junto a otros nueve coautores —Ávila, Arrozogaray, Castrillón, Cresto, Deccó, Kramer, Moreno, Seyler y Stratta—, propone crear un "aporte extraordinario mensual" para cubrir la diferencia entre lo que cada comuna venía percibiendo bajo coeficientes provisorios y los montos que recibirá con los coeficientes definitivos, cuando estos últimos resulten menores.

El mecanismo reconoce que la transformación de 28 Juntas de Gobierno en 22 nuevas Comunas —dispuesta por la Ley 11.248— amplió considerablemente el universo de beneficiarios del 1% de la masa coparticipable, lo que genera "una redistribución entre un mayor número de beneficiarios y, consecuentemente, una reducción importante en la participación de las comunas preexistentes", según reza el texto del proyecto.

El financiamiento del aporte correría por cuenta de Rentas Generales de la Provincia, y el ejecutivo provincial tendría 30 días desde la promulgación para reglamentar la norma.

Carácter transitorio y marco constitucional
Los autores subrayaron que la medida tiene "carácter excepcional y transitorio", circunscripta al período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2026. Lejos de alterar la arquitectura permanente del sistema de coparticipación comunal, la propuesta apunta a amortiguar un momento de transición institucional particularmente sensible.

Los fundamentos del texto invocan el artículo 253 de la Constitución provincial, que reconoce a las Comunas una autonomía "política, administrativa, económica y financiera", y advierten que esa garantía no puede ser "meramente formal o declamativa", sino que exige "condiciones materiales mínimas para su ejercicio efectivo".

El texto advierte que la concurrencia de dos factores —la vigencia de coeficientes provisorios y la ampliación del número de comunas— "configura un escenario de particular sensibilidad institucional, en el cual pueden verse comprometidos los principios de equidad, previsibilidad y suficiencia financiera que deben regir la distribución de recursos públicos".

Las comunas, primer eslabón del Estado
En los fundamentos, los legisladores también apelaron a un argumento de proximidad política: son las comunas "las primeras en recibir y canalizar las necesidades cotidianas" de los vecinos, por lo que cualquier reducción en sus ingresos "impacta directamente en su capacidad de dar respuestas concretas a la comunidad".

Los fondos percibidos en el marco del aporte extraordinario deberán destinarse al financiamiento de gastos corrientes, a inversiones en infraestructura básica y a la prestación de servicios esenciales, de acuerdo con los presupuestos de cada jurisdicción.

La autoridad de aplicación sería el ministerio de Economía y Servicios Públicos de la Provincia. Los aportes serían liquidados y transferidos en forma simultánea con las remesas ordinarias de coparticipación.

Coparticipación comunas Proyecto de Ley

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